REMEDIO PROVISIONAL
Unidad Secretarial del Procedimiento de Querellas y Remedio Provisional
A tenor con lo ordenado por el Tribunal en el caso de Rosa Lydia Vélez y Otros vs. Departamento de Educación, Caso Núm. KPE-1980-1738, se creó la Unidad Secretarial para atender el procedimiento administrativo de Querellas de Educación Especial y el Remedio Provisional.
El propósito de la Unidad Secretarial es proveer información tanto a la parte querellante como a la parte querellada de cada querella presentada, su trámite y las gestiones que se llevan a cabo con los jueces administrativos para garantizar el debido proceso de ley, en el término de tiempo requerido. En adición, a través de la Unidad Secretarial se administra el Remedio Provisional, que se creó como alternativa para ofrecer determinados servicios relacionados, suplementarios y de apoyo a aquellos estudiantes que sin duda tienen derecho al servicio, y cuyo único impedimento para recibirlo es que el Departamento de Educación no puede ofrecerlo en el momento en que se determina su elegibilidad.
El Remedio Provisional no debe utilizarse en aquellos casos en los que existen controversia sobre las recomendaciones de las evaluaciones o sobre el derecho a recibir el servicio solicitado.
El Remedio Provisional puede ser solicitado por los padres y madres, como por los funcionarios escolares y jueces administrativos. Los servicios que pueden ser solicitados a través del Remedio Provisional son: evaluación inicial, reevaluación, terapias, evaluación de asistencia tecnológica, compra de equipo de asistencia tecnológica, servicios de transportación, beca de transportación, servicios de enfermera, asistentes de servicios y remoción de barreras arquitectónicas.
¿Qué es la USPQRP?
Unidad en el Departamento de Educación, creada por el Tribunal como parte del caso de Rosa Lydia Vélez y Otros v. Departamento de Educación, Caso Núm. KPE-1980-1738, para atender el procedimiento administrativo de Querellas de Educación Especial y el Remedio Provisional.
¿Cuál es el Propósito de esta Unidad?
Tramitar las querellas que se presenten sobre asuntos relacionados a los servicios del Programa de Educación Especial, garantizando el debido proceso de ley en el término de tiempo requerido. Además, la Unidad Secretarial administra el Remedio Provisional, que se creó como alternativa para ofrecer determinados servicios relacionados, suplementarios y de apoyo a aquellos estudiantes que tienen derecho al servicio y cuyo único impedimento para recibirlo es que el Departamento de Educación no puede ofrecerlo en el momento en que se determina su necesidad.
Información contacto
Teléfonos:
(787) 773-6163
(787) 773-6158
(787) 773-6237
(787) 773-6164
Correo electrónico:
serviciosee_uspqrp@de.pr.gov
Dirección postal:
Departamento de Educación
Unidad Secretarial del Procedimiento de Querellas y Remedio Provisional
P.O. Box 190759
San Juan P.R. 00919-0759
Información para padres
Solicitud de remedio provisional
Descárgala en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/open?id=1HKWWZgAIyXEQ6qR_7skUUHvqnZZitjTh
Reglamento de querellas y remedio provisional
Descárgala en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/open?id=1eUeobN27mOkXcrPv0Tyr9u7JdYhJ-_Hx
Hoja Informativa sobre remedio provisional
Descárgala en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/open?id=1k-RSIbJ4pQb71vAiJiKMGgsxF2MucljE
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Comentarios recientes
Saludos me interesa informacion de los ofrecimientos
¿Como me puedo unir a la asociación de terapistas educativos?
Saludos el taller de la prueba woodcock la ofrecen domingo
Hola, estoy interesada en recibir toda la informacion de horarios del centro y los recursos de terapia con la que cuenta en este periodo año 2021.